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Condena histórica por un delito continuado de maltrato animal a tres galgas en Jaén

La asociación Galgos 112 ha ejercido de acusación particular en un caso pionero tras la última modificación del Código Penal.

Condena histórica en España. El pasado 1 de abril de 2024, el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén dictó la Sentencia 112/2024, por la cual condenaba a un vecino de Torreperogil por un delito continuado de maltrato animal tras dejar a tres galgos sin comida ni agua.

«Valoramos esta sentencia de manera positiva dentro de la situación actual. Consideramos que hacía falta condenar cada delito de forma individual, ya que el maltrato se produjo sobre tres perras», declara para Animalados Cristina Bécares, abogada y mediadora especializada en Derecho Animal y una de las abogadas encargadas de asesorar y dirigir a Galgos 112 durante la acusación particular.

«Destacamos positivamente tres aspectos de la sentencia. Por un lado, se impone una pena de prisión y no de multa, que es lo que sucede habitualmente, por otro lado, valoramos el reconocimiento a la labor de la associación Galgos 112 en la Sentencia y, por último, condenar por maltrato y no por abandono», añade Bécares en relación a la sentencia del pasado 1 de abril.

Tres perras en une estado total de abandono y maltrato

Los hechos se remontan a diciembre de 2021, cuando una dotación de la Guardia Civil localizó a tres hembras galgas que estaban a cargo y bajo el cuidado del ahora condenado, en un estado total de abandono y maltrato. Según informa la asociación Galgos 112 los animales carecían de agua y alimento.

La entidad de defensa animal asegura que esta situación provocó en las tres perras un estado de desnutrición y deshidratación, presentando enfermedades parasitarias y requiriendo de tratamiento veterinario. Una de ellas presentaba un estado especialmente grave. De hecho, la situación pudo haber ocasionado la muertes de las tres en caso de no haber sido atendidas.

Asimismo, la ubicación donde se encontraban carecía de cualquier estándar mínimo de bienestar ni garantías higiénico-sanitarias, estando en una terraza a la intemperie, llena de heces y orines de los animales.

La asociación Galgos 112 ejerció como acusación particular

Tras tener conocimiento de los hechos, desde la asociación Galgos 112 se ejerció la acusación particular, bajo la dirección letrada de las abogadas especializadas en Derecho Animal, Cristina Bécares Mendiola y Núria Murlà i Ribot.

El pasado 1 de abril de celebró el juicio en el Juzgado de lo Penal número 1. Desde la entidad Galgos 112 se había interesado condena por tres delitos de maltrato animal, uno por cada una de la galgas que fueron víctimas de este delito, mientras que por el Ministerio Fiscal se interesaba condena por un delito continuado de maltrato animal y, por parte de la defensa la libre absolución o, de forma subsidiaria condena por un delito leve de abandono de animales.

Finalmente, la Sentencia ha condenado al vecino de Torreperogil como autor de un delito continuado de maltrato animal a la pena de un año de prisión con privación del derecho de sufragio pasivo por dicho tiempo e inhabilitación especial para la tenencia y el ejercicio, profesión o comercio que tenga relación con los animales por tiempo de tres años.

Además, el acusado tendrá que abonar a Galgos 112 la cuantía de 2.203,45€ por los gastos veterinarios y por los gastos derivados del mantenimiento de las perras y las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

Desde la entidad animalista destacan especialmente el agradecimiento que se realiza en la Sentencia: “Gracias a asociaciones como estas se ha podido salvar a las referidas galgas por lo que es ajustado que se fije una cantidad por los gastos que han tenido que llevar a cabo manteniendo a los referidos galgos”.

Una condena pionera y muy meritoria

Se trata de una condena meritoria, ya que desde la entrada en vigor del actual redactado del Código Penal, se prevé la imposición de penas de prisión o penas de multa, habiendo observado como en muchas de las resoluciones más recientes se opta por la pena de multa, reservando la de prisión para aquellos casos más graves.

A fecha de hoy, la Sentencia no es firme. La asociación Galgos 112 advierte que en caso de que ésta sea recurrida ante la Audiencia Provincial, deberemos esperar a ver el fallo en segunda instancia a fin de poder tramitar la ejecución de la Sentencia y, en caso de confirmarse la misma, por parte de las letradas de Galgos112 -Bécares y Murlà- se interesará la entrada en prisión.

Actualmente, gracias a la labor y los cuidados de la asociación de defensa animal, la tres galgas (Ariel, Tundra y Esmeralda) se encuentran en buen estado, recuperadas y conviviendo con sus nuevas familias en Barcelona y Alicante.

El tribunal declara culpables a los cazadores acusados por la muerte ilegal de un lobo

El tribunal declara culpables a los acusados por la muerte ilegal de un lobo en el trascurso de una cacería en Ávila. Se trata de una sentencia pionera para el movimiento conservacionista español.

El Juzgado de lo Penal de Ávila ha declarado culpables a dos de los cazadores que participaron en una montería en Ávila y abatieron al menos a un lobo de forma ilegal. Se trata de una sentencia sin precedentes en España que se ha producido gracias a las acusaciones de las asociaciones Lobo Marley, ANADEL y Ecologistas en Acción.

Los hechos sucedieron en 2015 en el coto de Valdeciervos, ubicado en el municipio abulense de Tornadizos. Durante el desarrollo de una montería, los cazadores dispararon a un grupo de lobos, especie protegida, abatiendo al menos a uno de ellos. El cuerpo del animal fue retirado y no ha aparecido, pero en la sentencia queda acreditada su muerte a través de diversas pruebas, testificales, documentales, genéticas y balísticas recabadas por el Seprona de la Guardia Civil.

Los responsables de los hechos, que ya han sido sentenciados, serían dos cazadores participantes en la montería. A ambos sujetos se les condena como autores criminalmente responsables de un delito contra la fauna, con pena de ocho meses de multa a razón de una cuota diaria de cien euros, así como a una indemnización conjunta y solidaria de 9.261€ a la Junta de Castilla y León.

Uno de los acusados, sin licencia de armas, ha sido condenado a seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Además, se condena al acusado con licencia a inhabilitación especial para el ejercicio de la caza durante los próximos tres años.

La plataforma ciudadana Lobo Marley ha mostrado su “satisfacción y la de la sociedad civil a la que representamos, y nos congratulamos por haber quedado demostrado que matar a una especie protegida no es asunto baladí ni puede seguir siendo práctica tan habitual en este país pese a su ilegalidad. Estos hechos han de ser siempre observados con el máximo rigor y castigados de forma ejemplarizante con la mayor contundencia posible. Se abre en España un nuevo precedente legal más, en la progresiva defensa y protección estricta del lobo ibérico”.