¿Qué animales dejarán de estar permitidos en los hogares con la nueva Ley de Bienestar Animal?
Con la nueva regulación de animales exóticos, algunas especies dejarán de estar permitidas en los hogares españoles.
La Ley de Bienestar Animal, recientemente aprobada en el Congreso de los Diputados, recoge un capítulo dedicado de manera exclusiva al Listado Positivo de animales de compañía. Según explican desde la ‘Coalición para el Listado Positivo’, una coalición formada por las organizaciones AAP Primadomus, ANDA y FAADA, el objetivo de esta nueva norma es frenar los múltiples problemas que genera la adquisición de animales exóticos como animales de compañía.
Así, la nueva Ley supondrá la adopción en España de un sistema basado en Listados Positivos. En la práctica esto supone que un Comité Científico establecerá los listados de especies que podrán ser mantenidas como animales de compañía, en base a criterios que tienen en cuenta el riesgo invasor de las especies, el riesgo que pueden suponer para la seguridad ciudadana y la salud pública, y el bienestar de los animales.
“La adopción de los Listados Positivos es una gran noticia para la sociedad y para los animales exóticos. Hoy en día, en la mayoría de las Comunidades Autónomas, desgraciadamente, es posible que cualquiera puede tener en su casa prácticamente cualquier animal. Un tigre, un primate e infinidad de animales exóticos que sencillamente no son aptos para vivir como animales de compañía. La adopción de Listados Positivos pondrá fin a este tipo de situaciones”, asegura Marta Merchán, coordinadora de la Coalición para el Listado Positivo.
Listados Positivos en lugar de los Listados Negativos
La Unión Europea, el Gobierno central y los gobiernos autonómicos llevan años tratando de poner freno a la complicada situación generada por el comercio y tenencia de animales exóticos. Estos esfuerzos se han traducido en su mayoría en la adopción de listados negativos de especies que pasan a estar prohibidas.
En España, en el ámbito estatal, existe el Real Decreto 630/2013, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, y que incluye un listado de especies cuyo comercio, cría y tenencia pasaron a estar prohibidas desde su entrada en vigor en 2013. Durante los últimos años, este listado negativo se ha ido ampliando con nuevas especies a medida que los problemas han ido en aumento.
Del mismo modo, algunas legislaciones autonómicas de protección animal como las de la Comunidad de Madrid, Andalucía, Región de Murcia, Navarra y País Vasco, incluyen listados negativos de especies que pasaron a estar prohibidas en sus ámbitos territoriales por motivos de seguridad ciudadana. Sin embargo, estas regulaciones han resultado insuficientes para poner fin a los problemas que intentaron abordar, que de hecho han ido en aumento.
Ante esta situación, cada vez más países han optado por los Listados Positivos como sistema de regulación de la tenencia de animales exóticos utilizados como animales de compañía. Bélgica fue el primer país de la UE en establecer un sistema de regulación basado en Listados Positivos ya en 2001, con excelentes resultados, según el propio Gobierno belga.
“El enfoque preventivo de los Listados Positivos lo convierte en una herramienta mucho más eficaz que los infinitos listados negativos, siempre un paso por detrás del problema que pretenden resolver”, indica Merchán.
¿Qué pasa si tengo un animal que no pertenece a los futuros Listados Positivos?
Como ya hemos comentado, con el nuevo sistema de Listados Positivos solo serán susceptibles de ser mantenidos como animales de compañía aquellos animales de especies que puedan adaptarse a la vida en cautividad, además de no suponer riesgos para el medioambiente, la integridad y salud de las personas.
Así mismo, la nueva normativa recoge una cláusula que permite a los propietarios de animales que queden fuera del Listado Positivo el mantenimiento de estos hasta su muerte, no así su venta o cría. “A la entrada en vigor de la nueva ley, estas personas simplemente deberán poner en conocimiento de la autoridad competente la tenencia de dichos individuos y podrán seguir manteniéndolos”, señala Marta Merchán.
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