FAADA denuncia la empresa Echadero de los Camellos por el maltrato a una cría de dromedario en Lanzarote
El pasado 7 de junio se hizo viral en Instagram un vídeo en el que se denunciaba el maltrato que sufría una cría de dromedario de la empresa Echadero de los Camellos en el Parque Nacional de Timanfaya, en Lanzarote.
En las imágenes del vídeo-denuncia se puede contemplar como un hombre sujeta con una cuerda a un dromedario adulto que tiene amarrado en la parte trasera a una cría. Otros dos hombre se encontraban subidos a las sillas que carga el animal, mientras que un cuarto, le propina empujones y golpes de forma reiterada para que se levante.
La cría de dromedario, ante la imposibilidad de levantarse por el excesivo peso que está cargando para su edad, se arrastra por el suelo intentando ponerse en pie sin éxito. Esta escena se repite durante varios minutos, sumándose más hombres que continúan forzando al animal a realizar una tarea para la que no está físicamente capacitado y provocándole sufrimiento, angustia y estrés.
“Hemos interpuesto denuncia ante el Ayuntamiento de Yaiza, solicitando que se proceda a la apertura de un expediente sancionados, adjuntando como prueba, además del vídeo, un informe veterinario que corrobora el maltrato a la cría dromedario”, indica Sandra Vega, abogada de FAADA (Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales).
Lo ocurrido vulnera la normativa de protección animal tanto a nivel municipal como autonómico y nacional
Tal y como informa la Fundación, lo ocurrido en el Parque de Timanfaya vulnera la normativa de protección animal tanto a nivel municipal como autonómico y nacional. En primer lugar, es evidente el quebrantamiento de la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos del Ayuntamiento de Yaiza, que prohíbe maltratar a los animales o someterlos a prácticas que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados, así como el uso de los mismo en actividades que supongan sufrimiento y maltrato.
Por otro lado, en las imágenes existe una clara vulneración de la Ley 8/1999, 30 de abril de Protección de los Animales de Canarias, donde se prohíbe el uso de animales en actividades que conlleven maltrato.
Por último, el artículo 24 de la recién aprobada Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales establece la obligación de tratar siempre a los animales conforme a su condición de seres sintientes y la de manejarlos con métodos que no les provoque sufrimiento, maltrato o estados de ansiedad o miedo.
Además, FAADA recuerda que en el artículo 25 de la citada ley se establece que queda prohibido usar métodos y herramientas invasivas que causen daños y sufrimientos a los animales. Y en el apartado e) del mismo artículo, se prohíbe de forma expresa la utilización de los animales en actividades turísticas que les impliquen angustia, dolor o sufrimiento.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!